En el ámbito tributario, con efectos desde el 1 de enero de 2020, se mejora la deducción por donativos realizados por personas físicas y por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes que operen en territorio español sin establecimiento permanente. En concreto:
- El porcentaje de deducción por donativos para los primeros 150 euros se incrementa del 75% al 80%.
- El porcentaje de deducción sobre el exceso sobre los primeros 150 euros pasa del 30% al 35%.
- En caso de fidelidad, es decir, si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos con derecho a deducción en favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, el porcentaje de deducción que exceda de 150 euros se incrementa del 35% al 40%.